domingo, 30 de octubre de 2011

"El Dinero y las Obligaciones Dinerarias"

¿Qué es el dinero? Elabore una pequeña síntesis que explique la evolución histórica del dinero. 
No se sabe cuál fue expresamente la mercancía utilizada como moneda inicialmente, pero se supo que debía tratarse de un bien que en cada territorio fuese diferente.
Las diversas civilizaciones antiguas emplearon distintas modalidades del llamado dinero mercancía. Así, por ejemplo, entre los bienes más comunes los siguientes fueron utilizados como medida de valor: hierro, collares, bueyes y ganado, que variaban según pueblos y culturas.
EGIPTO
Sin embargo  antes de que existiera la moneda,  ya existía el trueque que era la principal forma de negociación en la civilización egipcia y consistía en el intercambio de un artículo por otro.  Para definirlo de una manera más clara, “intercambio directo de bienes y servicios, sin mediar el dinero”.
Este sistema de intercambio fue muy común en esta cultura en la que los hombres intercambiaban, por ejemplo, un hilo de perlas por un cesto de verduras o el intercambio de anzuelos por comida, entre otros. Este sistema de permuta o cambio utilizaba objetos útiles destinados a la comida, bebida o cualquier otra actividad que satisficiera necesidades. Con el paso del tiempo el trabajo empieza a especializarse y el hombre ya no solo logra la satisfacción de necesidades, sino que aparece el excedente de producción, por lo que las molestias que representaba el trueque llevaron a la mayoría de los pueblos antiguos a adoptar medidas de intercambio más convenientes.
La historia da un paso definitivo con la adopción de barras o tiras de metal que podían dividirse en trozos o hallar su equivalencia a través del peso. Este cambio se dio principalmente debido a que los metales poseen determinadas características que los hacen casi infalsificables además de la facilidad en su utilización debido a que son divisibles y transportables. Sin embargo los antiguos egipcios aunque utilizaron a grande escala los metales, no tuvieron moneda hasta la conquista del valle del Nilo. Para ellos los metales, especialmente el oro, eran útiles en la elaboración de hermosas joyas, ataúdes macizos y objetos sagrados que eran utilizados por los ricos y faraones. En Egipto los metales no tenían un valor comercial o no eran utilizados como lo que comúnmente se llama dinero metálico, sino para ellos el valor era simplemente estético y sagrado, hasta el punto que los reyes egipcios se llevaban sus tesoros a la tumba.
BABILONIA

El antiguo reino de Babilonia se caracterizó por ser, a lo menos durante un tiempo,
el epicentro comercial más importante del mundo. Lo anterior no es sorprendente si se tiene en cuenta la excepcional ubicación del reino, gracias a la cual se podían oír hablar todas las lenguas del mundo antiguo, principalmente por ser allí donde confluían los mercaderes de las dos rutas comerciales más importantes de la época entre Asia y Europa.
Dicha ubicación favorecía aún más a la capital del antiguo reino, la ciudad de Babilonia, convirtiéndola en la piedra angular del comercio y la cultura de la época, tal como lo serían después Roma o Constantinopla. 
 
 Fue aquí, en el antiguo reino Babilónico, donde el comercio comenzó a desarrollarse vertiginosamente permitiendo que se desarrollara un sistema económico basado en un principio, en la cebada como patrón comercial primario. A medida que los
productos, en su mayoría textiles, comenzaron a ser exportados, los metales que se
intercambiaban, como el oro y la plata, adquirieron mucha popularidad entre los
Babilonios, y empezaron a reemplazar a los demás productos como medidas monetaria.
GRECIA 
El sol del hierro y otros metales en Grecia, generó un desarrollo en la tecnología al
tiempo que un estímulo en las relaciones comerciales por el Mediterráneo a partir de las últimas décadas del siglo X AC. La capacidad militar y la posibilidad de acumular riquezas impulsaron los viajes comerciales en busca de metales. El siglo VIII a. de C., se caracterizó por la presencia de factores que manifestaron un desarrollo económico de los territorios griegos, relacionados con el aumento de los contactos comerciales entre los mismos, y el inicio de la navegación por todo el Mar Mediterráneo Oriental y Occidental. La formación de la Polis, consecuencia de este proceso, incide positivamente en el aumento de la capacidad productiva del pueblo griego, lo cual se traduce en la fabricación de productos manufacturados, la adquisición de materias primas y productos de lujo ya elaborados. 
 La moneda, era el instrumento más eficaz para lograr redistribuir a los sectores
explotados, parte de la acumulación de los beneficios que los nobles obtenían de sus
propiedades gracias al trabajo de aquellos. Igualmente, resultaba ser el medio más eficiente para la compra y venta de productos. Los nobles así, aparecen como benefactores del demos, mientras la Polis se erige basándose en un modelo de explotación y redistribución simultánea. 
Por otro lado, la moneda jugó un papel vital en la corrección de desequilibrios
surgidos en las formas económicas ciudadanas, pues a partir del uso de la moneda, quienes no intervenían directamente en la producción de bienes, podían obtener éstos mediante su compra. Es así, que tal instrumento aparece como medio de redistribución social a través de la implantación del salario fijo, además de ser garantía de estabilidad de la Polis según los establece Aristóteles, a partir de las categorías morales que atribuye a la moneda.
Así, la moneda se convirtió en un factor decisivo de la economía de Grecia.
ROMA
Los romanos acuñaron monedas principalmente en plata de diversos valores,
siguiendo el ejemplo de los griegos, siendo muy abundante y de una gran pureza hasta el siglo VII de la fundación de Roma, pero en este siglo, y siguiendo el ejemplo de Cartago se acuñaron denarios “antigua moneda romana, aparecida en el siglo III A.C”. Estas monedas fueron las sucesoras del dracma. Los denarios podían ser de óptima calidad o moneda de cobre recubierta de plata que debía ser aceptada igualmente como buena. Marco Druso en el año 663 propuso que se acuñaran monedas de esta clase, con el fin de poderse procurar dinero para comprar trigo y distribuirlo en el pueblo y cuyo ejemplo siguieron muchos particulares, acuñando moneda por su cuenta y para su cuenta. Tales falsificaciones confundieron al pueblo romano en cuanto a la distinción de unas y otras monedas, produciéndose una gran crisis monetaria que acompaño a la guerra civil y se tradujo en una crisis financiera (la primera de varias registradas), pues el número de moneda falsa acabo con el valor real del dinero.
Explique en qué consiste la concepción jurídica del dinero. 
La característica esencial del dinero radica en su poder adquisitivo y en el hecho de ser susceptible de cambio por todo tipo de bienes. Así pues, a manera de consideración
preliminar, puede señalarse que el dinero tiene las siguientes características:

1. Fungibilidad: Esta característica permite utilizarlo como si se tratase de cualquier
bien, para efectos de realizar un pago determinado.
2. Liquidez: Tiene la facultad de hacerse efectivo en la especie que se pacte y no
requiere de valoración alguna.
3. Neutralidad: Lo exime de ser concebido como ilegal o carente de moral en si
mismo.
Explique que debemos entender por dinero plástico y monedas modernas. 

Por una parte, debe señalarse que, en estricto sentido, el dinero plástico no puede llamarse dinero. En verdad, se trata de un simple mecanismo de transferencia de valor. Así,
pues, el dinero plástico es un medio que permite o se presta para que las personas puedan
usarlo con el fin de realizar sus pagos, sin la necesidad de manejar especies monetarias físicas, como monedas o billetes. En ese entendido, el principal instrumento por medio del
cual se materializa este medio de pago, son  las tarjetas de crédito, cuyo uso se ha
generalizado hasta  convertirse en  casi un artículo de primera necesidad, por la comodidad
que ofrece portarlas y la seguridad que reporta el poder efectuar un pago automáticamente
sin tener efectivo, o simplemente, de ser el caso, el tener la posibilidad de acudir a un cajero electrónico para obtenerlo. Es entonces, como aquellos quienes sostienen esta teoría, aseveran que el dinero plástico se puede definir como un medio de pago, distinto del dinero conocido tradicionalmente como papel moneda (billetes) y la moneda metálica; representado a través de tarjetas “plásticas” que ofrecen la posibilidad de debitar automáticamente dinero de la cuenta del usuario en el momento en que éste haga uso de ellas, en un establecimiento de comercio cuya aceptación esté permitida como medio de pago, (tarjeta Debito y Crédito) o en cajeros electrónicos de los bancos (tarjeta débito).
La moneda moderna consiste en que es  común para los países integrantes de la unión Europea .Tiene relevancia a nivel mundial y tiene como función lograr la estabilidad y evitar las fronteras económicas logrando la equidad entre los países miembros. Las monedas son un bien de carácter absoluto que y tienen valor  por virtud del Estado y es estrictamente referido a una determinada suma.

Defina y diferencie entre obligaciones dinerarias y obligaciones de valor. 
Obligaciones Dinerarias
1.       Tienen que dar o entregar una suma de dinero al deudor o al beneficiario.
2.      Deben ser pagadas por medio de los instrumentos de carácter monetarios ya descritos con anterioridad.
3.      El dinero es el medio por excelencia para extinguir obligaciones dinerarias.
4.       Estas recaen sobre un valor absoluto.


Obligaciones de Valor
1.      No integra el contenido de la prestación, ya que intenta traducir en dinero lo que en realidad se debe.
2.      Se da al estimar el valor de un determinado bien que por su naturaleza no es concebido en forma monetaria.
3.      El dinero no se busca en sí mismo, por su valor real de cambio, de mercado.


¿Que son los intereses?
Son el precio que ha de ser pagado por la utilización de bienes de capital, los intereses presuponen siempre la existencia de una obligación de capital por lo que son accesorios. Este se determina según el volumen del capital y el tiempo durante el cual se está privando de la utilización del mismo.
Explique cuando los intereses son retributivos y cuando son sancionatorios o moratorios. 
Intereses retributivos o compensatorios
La función es restablecer el equilibrio patrimonial e impiden que se verifique un enriquecimiento injusto de una persona en perjuicio de otra.
Se le conoce como lucrativo porque son el fruto y el precio que paga el deudor, es la ganancia que obtiene el acreedor. En las obligaciones no pecuniarias, se fija de acuerdo al valor que tengan los bienes en materia de la obligación.
Intereses sancionatorios o moratorios 
La mora se produce cuando se vence el plazo de la obligación  sin que haya cumplimiento y a partir de ese momento en que la deuda dineraria empieza a generar los intereses moratorios. Sirven como garantía que se pacta a pedido del acreedor para asegurar la restitución del capital que le pertenece.



































































































































































Montero Piña, Fernando (2008). Obligaciones. San José: Premiá Editores

domingo, 16 de octubre de 2011

"Obligaciones Indivisibles y Obligaciones Divisibles"

Obligaciones Indivisibles
Obligaciones Divisibles
Definición: Es cuando una imposibilidad física o jurídica se opone a que el objeto de la prestación sea susceptible de división material o intelectual. Podemos ver el artículo 662 de nuestro código civil un concepto más claro.
Definición: Es cuando ninguna imposibilidad de esa naturaleza impide la división en referencia. Podemos ver el artículo 674 de nuestro código civil un concepto más claro.
Características:
1. Proviene de la naturaleza de la cosa, de la voluntad de las partes y aún disposición de la ley, vemos como lo establece nuestro artículo 1037 del código civil.
 2. Cualquiera de los acreedores puede reclamar la prestación total a cualquier deudor de la prestación( artículo 664 código civil)
 3.  Por excepción hay dos derechos reales la servidumbre y la hipoteca son indivisibles por referirse a gravámenes conforme a su condición jurídica (artículo 671 código civil).
Características:
1. Cuando hubieren varios acreedores o deudores en una obligación divisible, los cuales pueden exigir cada uno por separado en provecho exclusivamente propio sobre la prestación debida( artículo 675 código civil)
2. Cada acreedor únicamente tiene personalidad para exigir la parte a cada una de las partes ya que son fracciones de  una prestación (artículo 675 código civil).





Montero Piña, Fernando (2008). Obligaciones. San José: Premiá Editores
Brenes Córdoba, Alberto (1998). Tratado de las Obligaciones. San José: Editorial Juricentro.

domingo, 9 de octubre de 2011

"Obligaciones Alternativas y Obligaciones Facultativas"

Obligaciones Alternativas
Obligaciones Facultativas
Definición:
Son aquellas que constriñen al deudor a una sola de dos o más prestaciones previstas y se extinguen por la ejecución o el pago de una de ellas.
Definición:
Son aquellas cuando el deudor debe solamente una prestación la cual puede cancelarla entregando otra distinta a la que le prestaron.

Diferencias:
1.   En esta el perecimiento fortuito de una de las prestaciones no afecta el interés del acreedor.
2.   Existe la concentración por elección que pertenece al deudor y por convenio al acreedor.
Diferencias:
1.   En esta el deudor se libera de la responsabilidad con el acreedor.
2.   En el derecho de elegir entre la obligación principal y la sustitutiva le corresponde al deudor.
Características:
1.   En esta hay pluralidad de prestaciones que han sido pactadas en el contrato y que el deudor no debe pagar con todas, sino solo con una de ellas.
2.   No existe jerarquización, porque están en un plano de igualdad.

Características:
1.   Este modo de obligación suele tener origen en los contratos , los testamentos y aún en la ley
2.   Si existe la jerarquización porque hay una obligación principal y otra sustitutiva.



Bibliografía:
Brenes, A. (1999). Obligaciones. San José: Premia editores. 
Montero, F. (1990).Tratado de las obligaciones. San José: Juricentro.

domingo, 2 de octubre de 2011

"Obligación Mancomunada"

Una obligación mancomunada es una relación de varios acreedores y deudores  con respecto a algún crédito o deuda.
Obligación mancomunada Solidaria



Definición:
Es aquella en la que es posible exigir su cumplimiento íntegramente a cualquier deudor, por responder por toda la prestación ya sea en virtud de titulo constitutivo solidario o por mandato de la ley.





Características:
1. Pueden ser:
     a) Activas, es cuando una deuda aparece constituida a favor de dos o más personas y cualquiera de ellas tiene la facultad de exigir el pago.
     b) Pasiva, en esta se encuentra cada deudor comprometido directamente al pago de toda la deuda.  
2. El acreedor puede reclamar a todos los deudores o a uno de los deudores a que le pague el monto total de la deuda.
3. Pluralidad de sujetos: es cuando hay dos o más deudores que asumen la obligación solidaria a favor de su acreedor.
4. Unidad de prestación: exige que el objeto con el que tienen que cumplir los deudores sea el mismo.
5. Unidad de vínculo: es la relación jurídica que une a los deudores con su acreedor.
6. Relación interna entre los deudores: es que cada uno de los deudores frente a los demás es sólo deudor de su parte y es lo que le corresponde pagar al codeudor que cancele la totalidad de la deuda.
7. Relación externa de los deudores con el acreedor: es cuando cada uno de los codeudores frente al acreedor es responsable de la totalidad de la deuda.






Obligación mancomunada  Simple



Definición:
Son vínculos jurídicos y obligaciones que se establecen, dependiendo de la cantidad de acreedores y deudores que existan.

Características:
1. Pueden ser:
  a) Divisibles, acá cada deudor tiene que hacerse responsable de la parte que le corresponde de la deuda.
   b) Indivisibles, en esta todos los deudores tienen la obligación a  cumplir el total de la deuda.
2. El acreedor  o acreedores no tienen ninguna garantía la cual  le brinde la certeza que los deudores le paguen la deuda.
3. También ningún deudor se encuentra obligado a cancelar el total de la deuda solamente la parte que le corresponde de la misma.



Bibliografía: 
Brenes, A. (1990).Tratado de las obligaciones. (sexta edición).San José: Juricentro. 
Montero, F. (1999).Obligaciones. San Jose: Premia Editores.